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viernes, 27 de diciembre de 2019

IMPORTANCIA DE LA IDENTIFICACIÓN INEQUÍVOCA DEL PACIENTE

Los problemas de identificación de pacientes se asocian a errores producidos en el curso de la asistencia sanitaria, actividad cada vez más compleja.

La evidencia disponible documenta que entre los eventos adversos graves aparecen los relacionados con la inadecuada identificación del paciente y que éstos pueden surgir en distintos campos como la administración de medicamentos, analíticas, transfusiones de sangre, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas.

La identificación inadecuada de pacientes es una causa importante en los problemas de complicaciones asociadas a errores en la asistencia.
Las consecuencias derivadas de los problemas de identificación pueden ser muy graves para el paciente.

En nuestra práctica diaria, confiamos excesivamente en la memoria obviando aquellas comprobaciones vitales que nos confirman que estamos atendiendo a la persona correcta, en el momento correcto y con
la práctica adecuada.

A nivel autonómico, no existe una normativa establecida que regule la identificación correcta del paciente

Por ello en nuestra Unidad de Gestión Clínica  tenemos instaurado un procedimiento normalizado de trabajo de identificación de usuarios para evitar errores que puedan originar eventos adversos a los pacientes, suplantación de usuario, duplicidad de historias, etc.


Por ello en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC)
  • Los usuarios que solicitan citas deben identificarse con tarjeta sanitaria y/o DNI para verificar su identidad. En caso de no portar el DNI, se les solicitará Nombre y Apellidos, fecha de nacimiento y/o número de DNI, todos ellos datos definidos como inequívocos.
  • Sólo en caso de atención urgente se pospondrá la identificación hasta que la atención lo permita.
  • Una vez realizada la citación, se imprimirá la misma comprobando que los datos son correctos e instando al paciente que compruebe que son correctos.

Identificación de pacientes en consulta
  • Solicitar tarjeta sanitaria, DNI y/o cita impresa en SAC.
  • Comprobar verbalmente la identidad de la persona.
  • En caso que no porte estos documentos, se utilizará como identificador número de DNI o fecha de nacimiento, estos datos se comprobaran en la historia clínica digital.
  • En caso de facilitar cita interconsulta se realizará SIEMPRE cita impresa, se comprobará que los datos pertenecen al paciente y se instará a éste a que compruebe que son correctos.
Identificación de paciente en pruebas analíticas
  • Antes de realizarse la prueba o de recoger la muestra se comprobará verbalmente la identidad de la persona.
  • En caso de aportar petición no procedente de Diraya, comprobar que la etiqueta de la petición coincide con las aportadas por el paciente.
  • Identificar petición, tubos y cita impresa con el mismo número de identificación de laboratorio.
  • Mediante el lector de código de barras se hará lectura de código de petición y código de laboratorio.
  • En caso de petición no procedente de Diraya, se realizará registro de código de laboratorio y etiqueta del paciente en hoja disponible para tal efecto. Ésta se enviará a laboratorio.
Identificación de muestras de Citologías
  • Comprobar que la etiqueta que aporta el paciente corresponde con su identidad.
  • Se identificará con etiquetas identificativas el porta que contiene la muestra así como la solicitud de la prueba y la hoja de envío a Anatomía Patológica.
Identificación de muestras de Biopsia
  • Comprobar que la etiqueta que aporta el paciente corresponde con su identidad.
  • Se identificará el bote que contiene la muestra y la solicitud de prueba con etiquetas identificativas.
Identificación de infiltraciones.
  • El documento de petición de infiltración vendrá con una pegatina identificativa.
  • El profesional que realiza la técnica comprobará que la etiqueta del documento corresponde a su identidad

martes, 24 de diciembre de 2019

TE PRESENTAMOS NUESTRO PLAN DE MEJORAS PARA 2020

Desde la UGC Utrera Sur intentamos estar en un proceso de mejora continúa, para ello es fundamental conocer la opinión de nuestros usuarios, a finales de noviembre te invitamos a participar en una encuesta de satisfacción cuyo resultados te presentamos hace unos días en este mismo blog y RRSS.


También hemos analizado las hojas de reclamaciones y sugerencias recibidas durante 2018 y 2019. Ambos análisis te lo dejamos en los siguientes enlaces:



Con toda esta información  hemos elaborado un Plan de Mejoras, que te dejamos en el siguiente enlace: 



lunes, 23 de diciembre de 2019

¿QUÉ ES Y PARA QUE SIRVE LA TARJETA + CUIDADO?

Se trata de una Tarjeta que identifica a las personas cuidadoras habituales de pacientes con Alzheimer y otras demencias y a personas cuidadoras habituales de pacientes con gran discapacidad.

Una persona cuidadora habitual es aquella que asume la responsabilidad de la atención de forma permanente y es el principal referente y apoyo de la persona que cuida, además de que convive con ella o pasa más de 10 horas diarias en su domicilio.

La 'Tarjeta + Cuidado' pretende establecer medidas de discriminación positiva para mejorar la atención y la accesibilidad al sistema sanitario, de las personas con gran discapacidad y las afectadas de Alzheimer y otras demencias, y a las personas que las cuidan, entendiendo la especial situación en la que se encuentran, facilitando la intimidad y la personalización.

Estas medidas se encuentran recogidas en el Plan de Atención a Cuidadoras Familiares de Andalucía, y básicamente consisten en:
Personalización de la atención: profesionales de referencia.
Mejora de la atención en Atención Primaria, Urgencias y Hospital: Material de apoyo a domicilio.
Mejora del acceso del paciente y personas cuidadoras al centro de salud.
Acompañamiento familiar en urgencias, durante la realización de pruebas complementarias así como durante la estancia hospitalaria.
Atención a los requerimientos básicos del cuidador en las estancias hospitalarias (acompañamiento, confort y manutención).
Prevención del Síndrome Confusional en urgencias.

¿Cómo se accede a la Tarjeta + Cuidado?
Pueden acceder las personas cuidadoras habituales de pacientes con diagnóstico de demencia y de grandes discapacitados.

Pacientes con demencia:
Los pacientes que presenten signos y/o síntomas de deterioro cognitivo serán valorados por profesionales de medicina y/o enfermería de familia que decidirán su inclusión en el Proceso Asistencial Demencias.
Posteriormente el profesional de enfermería de familia o de gestión de casos realizará la valoración de las personas cuidadoras de estos pacientes y harán en su caso una propuesta de inclusión en el proyecto, que deberá ser aprobada por la comisión de evaluación del centro. Esta comisión está formada por el equipo directivo del centro de salud, la enfermera comunitaria de enlace y la trabajadora social.
Una vez analizado el caso y aprobada la inclusión, se procederá al alta de la persona cuidadora en la aplicación informática que da soporte a la tarjeta y se emitirá la misma.

Pacientes con gran discapacidad:
Una vez valorada la discapacidad del paciente por enfermería de familia o de gestión de casos, se procederá a la valoración de las personas cuidadoras, siguiéndose el mismo proceso descrito anteriormente. 


RESULTADOS ENCUESTA 2019 SATISFACCIÓN USUARIOS UGC UTRERA SUR

En este enlace te dejamos los resultados de nuestra encuesta de satisfacción realizada el pasado noviembre. Desde aquí queremos agradecer a todos los usuarios participantes. Gracias a esta podemos mejorar en dar una mejor atención a los ciudadanos.
El 94,3 % de los encuestados consideran la atención recibida en nuestros centros como muy buena (56,3%) o buena (38 %)

Pincha en el enlace  y ve  nuestros resultados




martes, 10 de diciembre de 2019

IMPACTO EN LA CONSULTA TELEFONICA EN UGC UTRERA SUR


Con el fin de mejorar el acceso a los servicios sanitarios de nuestro Centro de Salud,  pusimos en marcha hace ya 4 años una consulta telefónica. Para el buen funcionamiento de esta consulta es necesario que nos dé su autorización (verbal o escrita) y que tenga actualizados sus datos personales (uno o dos teléfonos y dirección postal). También, acordado con usted, se le podrá enviar la
documentación por correo o incluso recogerlo en mostrador de admisión.
 En estos 4 años hemos atendido a un total de 21.279 pacientes,  esto hace más de 5.000 pacientes distintos al año. Desde enero a septiembre de 2019 concretamente se  han realizado la atención 5659 pacientes distintos,o lo que es lo mismo el 17,5 % de los usuarios de Utrera Sur han tenido en los meses de enero a septiembre al menos una consulta telefónica,  teniendo en cuenta que muchos pacientes han sido atendido varias veces, se puede  desprender que podemos multiplicar esta cifra al menos por 2 ó 3, lo que supone que estos 9 meses se han atendido más de 15.000 consultas por esta vía.






¿En qué consiste la consulta telefónica?
Consiste en que su Médico de Familia se pondrá en contacto con usted a través del teléfono para resolverle situaciones habituales en las que la presencia física en la consulta no es necesaria:
- Resultados de una analítica.
- Resultados de una prueba complementaria.
- Renovación de los medicamentos para tratamientos crónicos que usted utiliza.


¿Qué servicios se le ofrece vía telefónica?
Teniendo en cuenta una estimación razonable sobre el tiempo para obtener los resultados de las diversas pruebas analíticas y otras pruebas complementarias, le orientamos sobre los plazos que podemos tardar en informarle de dichos resultados.

- Analíticas de sangre y orina: unos 10 días después de que se haya realizado
la extracción o haya entregado la muestra. Ante situaciones de analíticas especiales se le
comunicaría el tiempo estimado.

- Citologías: 45 días. Una vez revisadas, se le se le llamará por teléfono para darle instrucciones sobre
tratamientos o procedimientos a seguir.

- Estudio de otras biopsias (Anatomía Patológica): 45 días. Se le llamará por teléfono para comunicarle resultados y/o procedimiento a seguir.

- Renovación de medicación para tratamientos crónicos: Acuda a Servicio de Atención a la Ciudadanía y solicite “cita telefónica para renovación de tratamiento”. En  1 o 2 días
su médico le renovará su medicación crónica. No use esta vía con carácter de urgencia.

Si transcurrido el tiempo aproximado de cada una de las situaciones no se ha
contactado por teléfono con usted, puede haber ocurrido:

- Que su teléfono no esté actualizado.

- Que usted no haya podido atender la llamada telefónica.

En esos casos, debe ponerse en contacto con el Servicio de Atención a la Ciudadanía de nuestro Centro para proceder a reclamar los resultados, comprometiéndonos a responderle en un plazo máximo de tres días hábiles. O  pedir cita en consulta para demanda clínica por los procedimientos habituales.

Aclaraciones importantes:

- Para la información, entrega o recogida de documentación, es necesaria la correcta identificación del usuario o bien la autorización legal de éste para ser representado, de acuerdo con la normativa vigente sobre protección de datos (ley 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. En el Servicio de Atención a la Ciudadanía pueden ofrecerle más información.

- Su médico dispone de toda la información, a diario, de sus episodios cuando acude al hospital de urgencias, ingresos y altas hospitalarias, no es necesario que acuda a la consulta para informarle. En caso de duda, se pondrán en contacto telefónico con usted.

- Se recuerda que debe anular las citas que no vayan a ser utilizadas.

- Cualquier duda sobre todo lo anterior, será aclarada por el Servicio de Atención a la Ciudadanía o bien por su Médico de Familia.

- Dispone de los teléfonos de Salud Responde 953018799 – 956356110 (llamadas con tarifa plana) para la gestión de las citas de demanda clínica (solicitudes y anulaciones, no las telefónicas).

También se puede solicitar cita a través de Internet en ClicSalud+

o descargando la aplicación móvil de Salud Responde:   www.juntadeandalucia.es/SaludResponde/AppMovil/

sábado, 7 de diciembre de 2019

¿QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO INFORMADO?

Es el procedimiento que permite respetar la libertad de las personas enfermas para decidir sobre su cuerpo, su salud y su vida, permitiéndoles así asumir sus propias responsabilidades en la toma de decisiones sanitarias. 
Es por tanto uno de los ejes principales, aunque no el único, de una relación sanitaria moderna y éticamente coherente.



Marco jurídico
El artículo 8 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica dice que “el consentimiento será verbal por regla general”, pero que “se prestará por escrito en los casos siguientes: intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que suponen riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente”.

Además, antes de la realización de una prueba médica o de una intervención, o de seguir cualquier otro tratamiento, los pacientes tienen derecho a estar debidamente informados sobre los siguientes aspectos:
  • ¿En qué consiste el tratamiento?
  • ¿Para qué sirve?
  • ¿Cómo se realiza?
  • ¿Qué efectos puede producir?
  • ¿Cuáles son sus beneficios?
  • ¿Qué riesgos tiene?
  • ¿Existen otras alternativas disponibles?
Para ello existe un catálogo de formularios de consentimiento informado de carácter dinámico, que se actualiza de forma regular para recoger los últimos avances científicos.



Los formularios facilitan información sobre determinadas actuaciones clínicas en un lenguaje fácil de leer y comprender.
El Catálogo pretende además unificar la estructura y contenido de los formularios, ofreciendo a la ciudadanía andaluza información veraz y comprensible sobre las diferentes intervenciones.
La elaboración y mantenimiento del Catálogo es un proceso dinámico, alimentado por grupos de profesionales sanitarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía, bajo la coordinación del Comité de Evaluación y Seguimiento del Consentimiento Informado (CESCI).
Puedes consultar el catálogo según las diferentes especialidades.
Puedes obtener más información sobre consentimiento informado en la web de la Consejería de Salud.

Más información

domingo, 1 de diciembre de 2019

SABES QUE PUEDES CONSULTAR TU HISTORIA DE SALUD DESDE CASA: DATOS BÁSICOS- MEDICACION- ANALITICAS -PRUEBAS DE IMAGEN- INFORMES CLÍNICOS - BAJAS LABORALES- VACUNAS

Desde  casa con tu PC o Tablet si dispones de un metodo de identificación seguro  como certificado digital, Cl@ve obtenida mediante Registro de Nivel avanzado, o DNI electrónico.


Para ello entra en la nueva versión de la web   ClicSalud+ incluye un nuevo servicio por el que los usuarios del Servicio Andaluz de Salud pueden acceder a: 


  • Próximas Citas
  • Datos básicos de salud: problemas, alergias...
  • Medicación: medicación prescrita hasta cuando y cuando tengo disponible la próxima caja..
  • Pruebas analíticas: puedes ver tus resultados analíticos e imprimirlos
  • Sus pruebas de imagen y al informe de cada estudio realizado.
  • Vacunas que tienes y cuando te las pusiste
  • Incapacidad temporal: incluyendo datos como el motivo de la misma, la fecha en la que se debe acudir por el próximo parte de seguimiento y el histórico de todas las incapacidades laborales 


COMO ACCEDER A MIS PRUEBAS DE IMAGEN Y SUS INFORMES DESDE CASA

Desde mediados de septiembre está disponible la nueva versión de la web ClicSalud+ que incluye un nuevo servicio por el que los usuarios del Servicio Andaluz de Salud pueden acceder a sus pruebas de imagen y al informe de cada estudio realizado.

Al igual que para el resto de contenidos de salud, se requiere que la identificación se realice con un medio seguro: certificado digital, Cl@ve obtenida mediante Registro de Nivel avanzado, o DNI electrónico.
Para difundir el servicio entre usuarios y profesionales se ha realizado un videotutorial específico sobre este tema, que muestra qué información se ofrece y cómo se utilizan las diferentes opciones disponibles (ver las pruebas, guardar, imprimir y compartir).
Es posible acceder mediante este enlace directo al videotutorial ‘Pruebas de imagen’, que está ubicado en la página web del Servicio Andaluz de Salud o bien navegando a través de las secciones Ciudadanía/ ClicSalud+ /videotutoriales /.

Otros cambios en la versión de ClicSalud+ han sido la ampliación de la información sobre la incapacidad laboral (incluyendo datos como el motivo de la misma, la fecha en la que se debe acudir por el próximo parte de seguimiento y el histórico de todas las incapacidades laborales) y el ajuste del contraste de textos e imágenes para mejorar la accesibilidad del sitio web.

sábado, 30 de noviembre de 2019

DERECHOS ARCO ¿QUÉ SON?

Toda persona debe tener poder de control sobre sus datos personales. En Sistema Sanitario Público Andaluz, esto es garantizado a través de los derechos que le confiere la normativa, los denominados derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), y  regulados por la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).
E l acceso a la historia clínica, es un derecho regulado en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. En la misma se reconoce que el titular de la historia clínica podrá obtener copia de los datos que figuran en ella, con las reservas que establece la precitada Ley. Así mismo, este derecho viene recogido en el artículo 15 del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 y en su artículo 12 se explicita que la persona interesada podrá solicitar y obtener de forma gratuita la información de sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos y las comunicaciones realizadas o que se prevé hacer de los mismos. Al igual que en los artículos 12 y 13 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
El derecho de acceso a la historia clínica, puede ser ejercido por: El titular de la historia clínica. Por representación debidamente acreditada: esta representación puede otorgarse de forma voluntaria o ser ejercida en los supuestos legalmente establecidos: menores de 16 años no emancipados y personas incapacitadas judicialmente. En caso de personas fallecidas el acceso a la historia clínica se facilitará a las personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, o sus herederos, salvo que el mismo lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.
El plazo máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es de un mes, a contar desde la recepción de la misma, pudiendo prorrogarse otros dos meses, dependiendo de la complejidad de la solicitud. En este caso se enviará comunicación al interesado indicando el motivo de la dilación.
Derecho de Acceso
Se trata del derecho de una persona a solicitar información al responsable de un fichero sobre si sus datos personales están siendo tratados.
En caso afirmativo, se deberá determinar con qué finalidad, el origen de esos datos y las comunicaciones realizadas o previstas de los mismos.
No es necesario justificar el ejercicio de este derecho si no se ha ejercido en los últimos 12 meses.
El plazo máximo para la resolución de la solicitud por parte del responsable del fichero es de 30 días desde la recepción de ésta.
Derecho de Rectificación
Es el derecho que permite a la persona afectada solicitar la modificación de datos que sean inexactos o incompletos.
En este caso debe justificarse qué datos son los referidos y su corrección, aportando documentación justificativa de la rectificación solicitada.
El responsable del fichero dispone de 10 días hábiles para llevar a cabo la resolución.
Derecho de Oposición
·         Se trata del derecho de una persona a oponerse al tratamiento de sus datos personales o el cese de éstos en los casos: que no sea necesario su consentimiento,
·         en los que los ficheros se usen con finalidades publicitarias,
·         o que el tratamiento tenga por finalidad la adopción de una decisión referida al afectado.
Deberán hacerse constar los motivos fundados y legítimos, relativos a una concreta situación personal de la persona afectada, que justifiquen el ejercicio de este derecho.

El responsable del fichero dispone de 10 días hábiles para llevar a cabo la resolución.

Derecho de Cancelación
Es por el cual el afectado puede solicitar la supresión de los datos que resulten inadecuados o excesivos, sin perjuicio del deber de bloqueo.
Debe indicarse el dato a cancelar y el motivo, aportando documentación justificativa de la rectificación solicitada.
Cómo realizar la Tramitación
El solicitante deberá cumplimentar Formulario para el acceso a la historia clínica para titular de la misma o representación voluntaria, acompañando la documentación preceptiva reseñada en el mismo: fotocopia del DNI, NIE o pasaporte en vigor de la persona interesada, y en caso de que el solicitante sea menor de 16 años emancipado, además deberá aportar fotocopia del documento judicial de emancipación.

La presentación de estas solicitudes se realizará en el centro sanitario donde se ha originado la historia clínica, quien ejerce la custodia de la misma y posibilita la agilización en el trámite y resolución de la petición. La solicitud también puede presentarla en cualquier registro oficial o formularla de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 13, 66 y disposición adicional segunda y disposición final séptima. Además, hay que tener en cuenta el derecho que otorga la ley a la ciudadanía si expresan su deseo de comunicación con la Administración Pública a través de correo electrónico, previa autorización escrita por parte de la persona interesada. Para todos los casos, si no se presenta el documento original junto a la fotocopia, es necesario que esta sea compulsada, condición necesaria en caso de no presentar dicho original
Puedes obtener más información en el siguiente enlace:


https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud/ciudadania

https://web.sas.junta-andalucia.es/servicioandaluzdesalud/ciudadania


Fuente: GrupoAtico 34

lunes, 25 de noviembre de 2019

DÍA INTERNACIONAL DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

Los profesionales de los centros sanitarios queremos expresar nuestro profundo rechazo a la Violencia contra la Mujer. 

Nos sumamos a la conmemoración hoy del Día internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres para visibilizar y denunciar este tipo de violencia, sensibilizar a la sociedad y mostrar que es posible prevenir y evitar la violencia contra las mujeres.

Nosotros atendemos a mujeres víctimas de la violencia machista. Aprendemos a detectar los casos, a curar heridas físicas y a ofrecer consuelo, animamos a denunciar y ponemos en conocimiento de las autoridades aquellas situaciones que podemos identificar. 

CENTRO SALUD  VIRGEN DE CONSOLACION. UGC UTRERA SUR
 Desde nuestros centros, damos apoyo psicológico y atendemos a los menores que sufren violencia en el seno familiar, aportamos un pequeño granito de arena para erradicar esta lacra de la sociedad pero tenemos que seguir sumando entre todos y continuar visibilizando este problema. Toda mujer, sin excepción, puede sufrir violencia de género, en cualquiera de sus manifestaciones y en cualquier nivel de gravedad, a lo largo de su vida. 


CONSULTORIO DEL CORONIL
Por eso hoy, más que nunca, queremos decirles a las mujeres que en los centros sanitarios pueden encontrar apoyo, que no duden en pedir ayuda. Allí estaremos para atenderlas y acompañarlas. 

sábado, 16 de noviembre de 2019

AQUI TIENES UN ENLACE CON LA WEB DEL REGISTRO DE VOLUNTADES ANTICIPADAS

En esta web puedes acceder a toda la información sobre las voluntades vitales:


  • Información básica
  • Solicitar cita
  • Descargar los documentos, guías, normativas
  • Descargar formularios de registro, declaración, representante, sustituto....
  • Además con certificado digital, puedes consultar tu voluntades y representantes
  • Hacer sugerencias



VOLUNTADES VITALES ANTICIPADAS: PREGUNTAS Y RESPUESTAS


¿Qué es la Declaración de Voluntad Vital Anticipada?
Es un documento en el que una persona refleja sus preferencias sobre las actuaciones sanitarias de las que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto de que llegado el momento carezca de capacidad para decidir por sí misma, según dispone la Ley 5/2003 del 9 de Octubre.

¿Quién puede hacer la Voluntad Vital Anticipada?
El derecho a realizar la declaración de voluntad vital anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad o menor emancipada que esté en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias. La inscripción de la Voluntad Vital Anticipada ha de hacerse personalmente.

¿Dónde puedo realizarla?
En las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud de Andalucía y otras sedes habilitadas 
Usted acudirá a una de las sedes del Registro el día y la hora que haya elegido al solicitar la cita a través de Salud Responde. Recuerde que deberá acudir personalmente y llevar la documentación necesaria.
Puede obtener más información en Salud Responde, llamando al teléfono 902 505 060.

¿Cómo puedo solicitar cita  para realizar mis Voluntades Vitales Anticipadas en la Zona Básica de Utrera?

·    Puedes solicitar cita a través de salud responde en los números 902 50 50 60  / 955 54 50 60.
·   Puedes llamar directamente al centro de salud Príncipe de Asturias de Utrera en el teléfono 955 83 83 71 (Concha).
·  Puede acudir personalmente a Administración, situada en la planta alta, del  Centro de Salud Príncipe de Asturias, situado en la Av. Pablo Picasso, de Utrera.
·    Si el ciudadano tiene problemas para desplazarse, puede solicitar en el centro de salud Príncipe de Asturias que la persona responsable del registro acuda  a su domicilio, previa cita.
·   En el centro de Salud Príncipe de Asturias (Utrera Norte) situado en la Av. Pablo Picasso s/n  de Utrera.
  
 ¿Dónde y en que horario se realiza el registro de Voluntades Anticipadas en la Zona Básica de Utrera?¿Cómo se hace la declaración?

 Previa cita:
Miercoles  de 17:00 a 19:00 h

¿Qué se necesita para hacerla?
Necesita usted el documento nacional de identidad o pasaporte y cumplimentar los documentos que están disponibles en todos los centros sanitarios públicos de Andalucía, y que puede consultar en la página web de la Consejería de Salud.
Si la persona declarante es menor de edad emancipada, necesita presentar la documentación que acredite dicha la situación de la persona emancipada.
Es recomendable que usted hable con sus familiares y con profesionales sanitarios de su confianza acerca de su interés por registrar su voluntad Vital Anticipada.
Una vez lo tenga decidido, usted deberá solicitar en el teléfono de Salud Responde (902 505 060) una cita para personarse en la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social, por usted elegida, para presentar su declaración. Tenga en cuenta que el Registro de Voluntades Vitales de Andalucía es único, por lo que su inscripción es independiente del lugar que elija.

Los documentos que ha de llevar consigo son:
· Documento que acredite su personalidad: DNI o pasaporte.
· Solicitud de inscripción en el registro.
· Declaración de Voluntad Vital Anticipada (4 hojas).
· Aceptación del representante (en el caso que quiera nombrar un representante).
Si nombra a una persona que le represente debe presentar la aceptación del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria en el caso de que el representante no consienta el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
· Aceptación del sustituto del representante.
Si nombra a una persona sustituta del representante debe presentar el documento de aceptación del sustituto del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria si el sustituto no consiente el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
Si usted es menor de edad pero posee alguna documentación que acredita su condición de
emancipado o emancipada, deberá presentarla. La solicitud y la declaración de voluntad vital anticipada y los demás documentos de aceptación de los representantes, si decide nombrarlos, podrá encontrarla usted en cualquier centro sanitario público de Andalucía; así como consultarlos en esta misma página web.

¿Puedo nombrar representante?
Sí, puede nombrar una persona que decida por usted en aquellas situaciones en las que no pueda
expresar su voluntad de manera autónoma. Es necesario que quien le represente dé su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del representante. Este documento podrá encontrarlo también en los centros sanitarios públicos de Andalucía, y consultarlo en esta página web. Lo mismo sucede en el caso en que quiera designar una persona que sustituya a su representante. Esa persona también tendrá que dar su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del sustituto del representante que podrá encontrar y consultar en los lugares indicados con antelación. En estos casos para presentar su declaración deberá llevar también la aceptación del representante y la aceptación del sustituto del representante cuando los haya designado.
No es necesario que la persona que le represente, y quien le sustituya en su caso, acuda con usted personalmente a la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social. Bastará con que junto con el documento de aceptación del representante y del sustituto del representante, usted aporte un documento que acredite la personalidad del representante o la representante. Dicho documento bien puede ser el DNI o el Pasaporte, u otro documento equivalente, o una copia de los mismos debidamente compulsada notarial o administrativamente.
La fotocopia del DNI/NIE de la persona representante y de su sustituto/a no es necesaria si la persona a la que va a nombrar consiente el acceso a la base de datos de verificación de DNI/NIE.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse y entrar en vigor?
Si la documentación está completa y cumple todos los requisitos, será efectiva desde el momento en que se inscriba en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.
En el mismo acto de su presentación, usted puede solicitar al Secretario General de la Delegación Territorial de Salud copia de su declaración, así como certificado de haber presentado la misma.
Debido a los cambios que estamos realizando para adecuarnos a cambios normativos recientes, la inscripción en el Registro se verá aplazada unas semanas.

¿Puedo cambiar mi declaración?
En cualquier momento que lo desee por el mismo procedimiento por el que llevó a término su inscripción la primera vez.

¿Quién tiene acceso a ese documento?
El profesional sanitario que esté a cargo de su proceso clínico en el momento en el que sea
necesario consultar su declaración.

¿Cuándo se accedería a dicha declaración?
Sólo en las circunstancias descritas, cuando el profesional sanitario deba tomar una decisión, y usted no pueda decidir de manera autónoma. El profesional sanitario está obligado a consultar el registro en esos casos.

¿Si fallezco y mis herederos quieren saber cuál fue mi declaración, pueden obtenerla?
Tras el fallecimiento, pueden acceder a su voluntad vital anticipada su representante legal y las personas vinculadas a la persona fallecida por razones familiares o de hecho salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.

¿Quién puede revocar mi declaración? ¿En qué circunstancias?
Sólo usted puede hacerlo y puede ejercer ese derecho en el momento que lo desee por el mismo procedimiento utilizado para la inscripción.
Si ya tengo la tarjeta de donante y mi Declaración de Voluntad Vital no coincide con la tarjeta, ¿qué será tenido en consideración? Prevalece la declaración de voluntad vital anticipada sobre cualquier otro documento