jueves, 11 de mayo de 2017

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE VOLUNTADES VITALES ANTICIPADAS

¿Qué es la Declaración de Voluntad Vital Anticipada?
Es un documento en el que una persona refleja sus preferencias sobre las actuaciones sanitarias de las que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto de que llegado el momento carezca de capacidad para decidir por sí misma, según dispone la Ley 5/2003 del 9 de Octubre.

¿Quien puede hacer la Voluntad Vital Anticipada?
El derecho a realizar la declaración de voluntad vital anticipada puede ejercerlo toda persona mayor de edad o menor emancipada que esté en disposición de decidir con arreglo a sus convencimientos y preferencias. La inscripción de la Voluntad Vital Anticipada ha de hacerse personalmente.

¿Dónde puedo realizarla?
En las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud de Andalucía y otras sedes habilitadas 
Usted acudirá a una de las sedes del Registro el día y la hora que haya elegido al solicitar la cita a través de Salud Responde. Recuerde que deberá acudir personalmente y llevar la documentación necesaria.
Puede obtener más información en Salud Responde, llamando al teléfono 902 505 060.

¿Cómo puedo solicitar cita  para realizar mis Voluntades Vitales Anticipadas en la Zona Básica de Utrera?

  •  Puedes solicitar cita a través de salud responde en los números 902 50 50 60  / 955 54 50 60.
  • Puedes llamar directamente al centro de salud Príncipe de Asturias de Utrera en el teléfono 955 83 83 71 (Concha).
  • Puede acudir personalmente a Administración, situada en la planta alta, del  Centro de Salud Príncipe de Asturias, situado en la Av. Pablo Picasso, de Utrera.
  • Si el ciudadano tiene problemas para desplazarse, puede solicitar en el centro de salud Príncipe de Asturias que la persona responsable del registro acuda  a su domicilio, previa cita.
  • En el centro de Salud Príncipe de Asturias (Utrera Norte) situado en la Av. Pablo Picasso s/n  de Utrera.

 ¿Dónde y en que horario se realiza el registro de Voluntades Anticipadas en la Zona Básica de Utrera?¿Cómo se hace la declaración?

 Previa cita:
Martes de 10:00 a 12:00 horas

Jueves de 17:00 a 18:00 horas

¿Qué se necesita para hacerla?
Necesita usted el documento nacional de identidad o pasaporte y cumplimentar los documentos que están disponibles en todos los centros sanitarios públicos de Andalucía, y que puede consultar en la página web de la Consejería de Salud.
Si la persona declarante es menor de edad emancipada, necesita presentar la documentación que acredite dicha la situación de la persona emancipada.
Es recomendable que usted hable con sus familiares y con profesionales sanitarios de su confianza acerca de su interés por registrar su voluntad Vital Anticipada.
Una vez lo tenga decidido, usted deberá solicitar en el teléfono de Salud Responde (902 505 060) una cita para personarse en la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social, por usted elegida, para presentar su declaración. Tenga en cuenta que el Registro de Voluntades Vitales de Andalucía es único, por lo que su inscripción es independiente del lugar que elija.

Los documentos que ha de llevar consigo son:
· Documento que acredite su personalidad: DNI o pasaporte.
· Solicitud de inscripción en el registro.
· Declaración de Voluntad Vital Anticipada (4 hojas).
· Aceptación del representante (en el caso que quiera nombrar un representante).
Si nombra a una persona que le represente debe presentar la aceptación del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria en el caso de que el representante no consienta el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
· Aceptación del sustituto del representante.
Si nombra a una persona sustituta del representante debe presentar el documento de aceptación del sustituto del representante y una fotocopia del DNI de la persona elegida, esta fotocopia solo es necesaria si el sustituto no consiente el acceso a la base de datos de verificación del DNI/NIE.
Si usted es menor de edad pero posee alguna documentación que acredita su condición de
emancipado o emancipada, deberá presentarla. La solicitud y la declaración de voluntad vital anticipada y los demás documentos de aceptación de los representantes, si decide nombrarlos, podrá encontrarla usted en cualquier centro sanitario público de Andalucía; así como consultarlos en esta misma página web.

¿Puedo nombrar representante?
Sí, puede nombrar una persona que decida por usted en aquellas situaciones en las que no pueda
expresar su voluntad de manera autónoma. Es necesario que quien le represente dé su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del representante. Este documento podrá encontrarlo también en los centros sanitarios públicos de Andalucía, y consultarlo en esta página web. Lo mismo sucede en el caso en que quiera designar una persona que sustituya a su representante. Esa persona también tendrá que dar su consentimiento por escrito en un documento de aceptación del sustituto del representante que podrá encontrar y consultar en los lugares indicados con antelación. En estos casos para presentar su declaración deberá llevar también la aceptación del representante y la aceptación del sustituto del representante cuando los haya designado.
No es necesario que la persona que le represente, y quien le sustituya en su caso, acuda con usted personalmente a la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social. Bastará con que junto con el documento de aceptación del representante y del sustituto del representante, usted aporte un documento que acredite la personalidad del representante o la representante. Dicho documento bien puede ser el DNI o el Pasaporte, u otro documento equivalente, o una copia de los mismos debidamente compulsada notarial o administrativamente.
La fotocopia del DNI/NIE de la persona representante y de su sustituto/a no es necesaria si la persona a la que va a nombrar consiente el acceso a la base de datos de verificación de DNI/NIE.

¿Cuánto tiempo tarda en tramitarse y entrar en vigor?
Si la documentación está completa y cumple todos los requisitos, será efectiva desde el momento en que se inscriba en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, dependiente de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía.
En el mismo acto de su presentación, usted puede solicitar al Secretario General de la Delegación Territorial de Salud copia de su declaración, así como certificado de haber presentado la misma.
Debido a los cambios que estamos realizando para adecuarnos a cambios normativos recientes, la inscripción en el Registro se verá aplazada unas semanas.

¿Puedo cambiar mi declaración?
En cualquier momento que lo desee por el mismo procedimiento por el que llevó a término su inscripción la primera vez.

¿Quién tiene acceso a ese documento?


El profesional sanitario que esté a cargo de su proceso clínico en el momento en el que sea
necesario consultar su declaración.

¿Cuándo se accedería a dicha declaración?
Sólo en las circunstancias descritas, cuando el profesional sanitario deba tomar una decisión, y usted no pueda decidir de manera autónoma. El profesional sanitario está obligado a consultar el registro en esos casos.

¿Si fallezco y mis herederos quieren saber cuál fue mi declaración, pueden obtenerla?
Tras el fallecimiento, pueden acceder a su voluntad vital anticipada su representante legal y las personas vinculadas a la persona fallecida por razones familiares o de hecho salvo que el fallecido lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.

¿Quién puede revocar mi declaración? ¿En qué circunstancias?
Sólo usted puede hacerlo y puede ejercer ese derecho en el momento que lo desee por el mismo procedimiento utilizado para la inscripción.
Si ya tengo la tarjeta de donante y mi Declaración de Voluntad Vital no coincide con la tarjeta, ¿qué será tenido en consideración? Prevalece la declaración de voluntad vital anticipada sobre cualquier otro documento.





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