En estas infografías te informamos
miércoles, 3 de mayo de 2023
lunes, 24 de abril de 2023
MEDICAMENTOS BIOSIMILARES
¿Qué es un medicamento biológico?
Es un medicamento que contiene uno o más principios activos producidos o derivados de un organismo vivo.
¿Y qué es un principio activo?
Es la sustancia responsable de la actividad farmacológica de un medicamento.
Ejemplos de medicamentos biológicos:
- Insulinas;
- Vacunas;
- Heparinas de bajo peso molecular, etc.
¿Qué es un medicamento biosimilar?
Un medicamento biosimilar es una versión muy similar o equivalente a su medicamento biológico original.
Biosimilar y biológico original deben demostrar esta similitud mediante pruebas que comparen la:
- Calidad
- Eficacia
- Seguridad
¿Por qué se comercializan los biosimilares?
Los medicamentos biosimilares se comercializan una vez vencida la patente del medicamento biológico de referencia, es un hecho parecido al que ocurrió con la aparición de los medicamentos genéricos.
Puntos clave de biosimilares
- No existen diferencias de calidad, eficacia y seguridad entre los medicamentos biosimilares y sus medicamentos originales.
- Son evaluados y aprobados por las agencias reguladoras de los medicamentos, sometiéndose a los mismos procesos que sus medicamentos originales.
- Los biosimilares se aprueban para algunas o todas las enfermedades que los biológicos originales.
domingo, 23 de abril de 2023
CREES QUE HA HABIDO UN PROBLEMA/ INCIDENTE DE SEGURIDAD EN TU ATENCIÓN SANITARIA ¡¡NOTIFÍCALO!!
MANUAL AYUDA NOTIFICACIÓN INCIDENTE DE SEGURIDAD
FUENTE : WEB OBSERVATORIO SEGURIDAD DEL PACIENTE DE ANDALUCÍA
jueves, 20 de abril de 2023
ACTUALIZAMOS NUESTRA CARTERA DE SERVICIOS 2023
Nuestra misión principal como UGC de Atención Primaria, es prestar a los ciudadanos una asistencia sanitaria integral y de calidad para contribuir a la mejora de la salud de la población, basándonos en la evidencia científica y en las buenas prácticas clínicas, asegurando la accesibilidad y la continuidad asistencial, con criterios de equidad y responsabilidad y con plena satisfacción de la población y de los profesionales que la atienden.
DECALOGO PARA GARANTIZAR LA INTIMIDAD DE LA CIUDADANÍA EN UTRERA SUR
Por ello, los Profesionales de nuestro Centro debemos incorporar soluciones organizativas y/o cambios en determinados hábitos de trabajo que garanticen el derecho del Usuario al respeto, a su intimidad y confidencialidad.
Las medidas que desde esta UGC se toman para garantizar ambos
derechos (intimidad y confidencialidad) se resumen en el siguiente decálogo:
1. TRATA A LOS PACIENTES Y USUARIOS COMO
DESEARÍAS QUE TE TRATASEN A TÍ.
Nuestro objetivo debe ser el tratar personas no enfermedades
o procesos.
2. EL RESPETO A LA INTIMIDAD DEBE
GARANTIZARSE EN TODAS LAS CIRCUNSTANCIAS Y
PACIENTES, INDEPENDIENTEMENTE DE LA EDAD, SEXO, RAZA O ENFERMEDAD.
Comprender y respetar la intimidad de todas personas que usan
los Servicios a lo largo de todo el proceso.
3. LA IDENTIFICACIÓN DEL PROFESIONAL
FAVORECE LA INTIMIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
El Profesional que establece contacto, facilita o solicita
información a un paciente debe estar siempre identificado.
4.
EVITAR LA INTERRUPCIÓN NO JUSTIFICADA
DE ACTOS CLÍNICOS.
La interrupción de los actos clínicos es, en sí mismo, una
vulneración de la intimidad del Usuario, por lo que se deben tomar las medidas
organizativas necesarias para evitar que este hecho se produzca.
5. SI LA SITUACIÓN LO PERMITE, EL
PACIENTE TIENE DERECHO A SER ACOMPAÑADO EN TODO MOMENTO POR UNA PERSONA DE SU
CONFIANZA.
Ante las exploraciones especialmente sensibles, que generan
en el Paciente pudor o incomodidad, estos deben ser debidamente informados y
favorecer, en la medida de lo posible, la presencia de un acompañante o
personal auxiliar sanitario de apoyo siempre que el Usuario lo solicite.
El paciente puede sentirse cohibido ante la presencia de Profesionales o Alumnos a los que no conoce por lo que esto no debe ser impuesto, sino que al paciente se le explicará el motivo de la presencia de éstos y en el caso de exploraciones sensibles será el Usuario quien de su autorización.
7. TODOS LOS ACTOS CLÍNICOS DEBEN SER REALIZADOS EN CONDICIONES QUE GARANTICEN LA INTIMIDAD DEL PACIENTE.
Cerrar las puertas y utilizar las cortinas separadoras y/o biombos durante
los actos clínicos.
8.
TODA LA INFORMACIÓN CLÍNICA DEL USUARIO
(ORAL, ESCRITA, INFOMÁTICA O EN OTRO SOPORTE) ES CONFIDENCIAL.
Toda la información sobre Usuarios debe ser tratada con
confidencialidad. En todos los Servicios debe estar protocolizado el acto de dar información al Usuario, el cual debe realizarse
en un espacio reservado y evitando la presencia de personas ajenas al proceso asistencial. Evitar dar información en los
pasillos. Extremar el cuidado en la circulación de las historias u otra documentación clínica. Los Documentos que
contengan datos del paciente (hojas
de consulta, listados de pacientes, etc.…) tienen carácter confidencial y no
deben ser expuestos al público.
9.
LAS UNIDADES Y SERVICIOS DEBEN ADOPTAR MEDIDAS
ORGANIZATIVAS QUE GARANTIZEN EL RESPETO A LA INTIMIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
Se deben fomentar medidas
organizativas que favorezcan la intimidad, el descanso y el confort
de los pacientes.
10. ACTUACIÓN SOBRE PROCESOS Y PROTOCOLOS.
El equipo de Profesionales mantiene una actitud de permanente
vigilancia para que se cumplan los
aspectos recogidos anteriormente en el Plan de Intimidad, haciendo un énfasis especial en aquellas situaciones tales
como la atención al embarazo, planificación familiar y atención a pacientes
afectos de infección/enfermedad por el VIH, por poner ejemplos reseñables
lunes, 17 de abril de 2023
ENFERMERA GESTORA DE CASOS. ¿EN QUE CONSISTE? ¿CUALES SON SUS FUNCIONES?
la enfermera Gestora de Casos dirige su atención a personas con elevada complejidad clínica y necesidad de cuidados de alta intensidad, cuyo objetivo es asegurar que reciben los servicios adecuados a su situación, de manera integrada, a través de un plan de gestión del caso personalizado acordado con ellas y con las personas de su red de apoyo, en el que colabora el conjunto de profesionales implicado en la atención.
La población diana de la Gestión de Casos, en nuestro sistema, está compuesta por pacientes con condiciones crónicas, y personas que se encuentran en la etapa final de la vida, con necesidades de cuidados complejos, que requieren intervenciones de alta intensidad, de diferentes tipos de profesionales, y en entornos diversos. Las personas que cuidan de las primeras son también sujetos de intervenciones de la gestión de casos. En el sistema sanitario público de Andalucía esta modalidad de atención se introdujo en el año 2002, en el marco de las estrategias de mejora de la atención domiciliaria diseñadas para dar respuesta al Decreto de Apoyo a las Familias Andaluzas.
Funciones de la enfermera Gestora de Casos:
- Identificar a aquellas personas susceptibles de recibir atención a domicilio y/o en el centro de salud que, por la complejidad de su proceso, requieran la puesta en marcha de elementos de coordinación con diferentes profesionales y la movilización de los recursos necesarios para garantizar una atención integral y continuada que dé respuesta a sus necesidades de cuidados y a las de su cuidadora, por su situación de salud o problemas socio sanitarios.
- Pluripatológicos.
- Paliativos.
- Frágiles.
- Cuidadoras
- Responsable de la gestión del circuito de material ortoprotésico.
- Responsable de la gestión de material fungible de uso hospitalario para los cuidados domiciliarios.
- Valoración y derivación de pacientes con requerimientos de fisioterapia respiratoria.
- Coordinación con la unidad de continuidad asistencial del hospital Virgen del Rocío, para garantizar una asistencia sanitaria integral a los pacientes.
- Realización de Talleres a las cuidadoras.
- Realización de la telecontinuidad de cuidados (seguimiento de las altas hospitalarias a través de intranet).
- Responsable del plan de mejora para la atención a personas cuidadoras (tarjeta + cuidado).
- Responsable del plan de temperaturas extremas.
- Gestionar los recursos domiciliarios.
viernes, 14 de abril de 2023
MEMORIA UNIDAD GESTION GLINICA UTRERA SUR 2021-2022
Los profesionales que formamos parte de la Unidad Utrera Sur, le agradecemos la confianza que ha depositado en nosotros para atenderle en lo referente a su salud.
Puedes verla pinchando en este enlace
MEMORIA UGC UTRERA SUR 2021-2022
lunes, 10 de abril de 2023
CONSEJOS DE SALUD UGC UTRERA SUR , SOMOS UNA FUENTE FIABLE
Para ello hemos creado en nuestra cabecera un apartado con numerosos consejos de salud y material para mejora tu salud, elaborado por nosotros o por fuentes fiables , te invitamos a consultarlos, puedes encontrar:
- Consejos de Salud de la Sociedad Española de Médicos de Familia
- Consejos de Salud Infantil
-Consejos de Salud Adultos
- Dietas
- Ejercicios de Rehabilitación
- Escuela de pacientes
- Hojas de ayuda para registro de constantes, tratamientos....
-Recomendaciones tras intervenciones y pruebas complementarias realizadas en atención primaria
jueves, 30 de marzo de 2023
DERECHOS ARCO : ACCESO ,RECTIFICACÓN Y SUPRESION DE LA HISTORIA DE SALUD
Derecho Acceso a Historia Clínica
El acceso a la historia de salud es un
derecho por el cual se reconoce que las
personas titulares de la misma o por representación debidamente acreditada,
podrán obtener copia de los datos que figuran en ella, con las reservas que
establece la ley.
Es posible acceder, a parte del contenido registrado en la historia de
salud electrónica, a través de ClicSalud+ es el sitio web a través del que se ofrece el acceso
a información de salud registrada en la historia clínica - informes, pruebas
de imagen, medicación, vacunaciones, pruebas analíticas, etc-, además de facilitar
información adicional y gestiones relacionadas con la asistencia sanitaria.
Para acceder a la información personal que se ofrece en ClicSalud+ es un requisito contar con un sistema que
acredite la identidad de la persona -certificado digital, cl@ve ó DNIe-
y que utiliza la página de forma segura.
Es posible acceder al contenido de la historia de salud previa solicitud en
los centros sanitarios que disponen de un formulario habilitado
en el cual se indica que documentación es necesaria
adjuntar y que puede descargarlo en formato autocumplimentable en el
siguiente enlace:
•
Formulario de derecho de acceso a la historia de salud
del Servicio Andaluz de Salud (283.49 KB)
Es importante especificar en el mencionado formulario, la documentación que
se solicita lo más detallada posible y si es posible, las fechas y/o periodos
de los informes o partes de historia que se quieren solicitar.
El plazo máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es
de un mes, a contar desde la recepción de la misma, pudiendo
prorrogarse otros dos meses, dependiendo de la complejidad de la solicitud.
Pueden solicitar el acceso a la información las personas titulares de
la historia de salud o por representación debidamente acreditada; esta
representación puede otorgarse de forma voluntaria o ser ejercida en los
supuestos legalmente establecidos: menores de 16 años no emancipados y personas
incapacitadas judicialmente.
También es posible presentar la solicitud en
cualquier registro oficial o mediante el uso de la Presentación
Electrónica General de la Junta de Andalucía de acuerdo a la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas (645.16 KB). No obstante, para mayor agilización del trámite,
se aconseja presentar la solicitud en el centro sanitario donde se ha originado
la historia clínica.
La
rectificación, es el derecho por el
cual se puede obtener la rectificación de los datos personales inexactos de la
historia de salud, así como solicitar que se añadan los datos personales que
sean incompletos.
La
supresión: es el derecho que da
lugar a que se supriman los datos de la historia de salud que resulten
inadecuados o excesivos.
Se
ha puesto a disposición de las personas interesadas un formulario que puedes descargar en el
siguiente enlace
para
facilitar la solicitud en los centros
sanitarios de la rectificación y/o supresión de los datos, en
el cual se indica que documentación es necesaria adjuntar en cada
caso.
Para mayor
agilización del trámite, se aconseja presentar la solicitud en el centro
sanitario donde se han registrado las anotaciones que se pretenden rectificar
y/o suprimir.
De acuerdo
con la normativa vigente, también es posible presentar la solicitud en cualquier
registro oficial o mediante el uso de la Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía de
acuerdo a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (645.16
KB).
El plazo
máximo establecido legalmente para resolver estas solicitudes es de un mes, a
contar desde la recepción de la misma, pudiendo prorrogarse otros dos meses,
dependiendo de la complejidad de la solicitud.
Pueden
solicitar la rectificación y/o supresión de datos las personas titulares
de la historia de salud o por representación debidamente acreditada; esta
representación puede otorgarse de forma voluntaria o ser ejercida en los
supuestos legalmente establecidos: menores de 16 años no emancipados y personas
incapacitadas judicialmente.
En caso de personas fallecidas, puede ser solicitado por personas vinculadas al fallecido por razones familiares, de hecho o sus herederos, salvo que el mismo lo hubiese prohibido expresamente y así se acredite.
VIDEO INFANTIL MI CENTRO DE SALUD
Queremos agradecer a Juan Araujo Castro, por la realización de este video con el que se humaniza la atención a nuestros pequeños.
Desde aquí os animamos a participar en la realización de videos para que nuestros pequeños acudan al centro de salud sin miedos y con normalidad

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